El Consejo del Poder Judicial publicitó el pasado 20 de marzo la fijación del criterio de la Audiencia Provincial de Barcelona para computar el plazo para reclamar los gastos de hipoteca, estableciéndolo desde enero de 2017. Con ello se despejan las dudas interpretativas generadas por la sentencia dictada por el TJUE el 25 de enero y se confirma que los consumidores y usuarios catalanes pueden seguir reclamando la devolución de los gastos de hipoteca, al no hallarse prescrita su acción.
Los gastos recuperables, han sido claramente fijados por los juzgados en numerosas sentencias y se concretan en el 50% de los gastos de notaría y 100% de gastos de registro, tasación y gestoría.
Tras años de colapso por la ingente cantidad de demandas de consumidores, principalmente por cláusulas suelo, multidivisa, irph y también gastos, los juzgados especializados en cláusulas abusivas se han descongestionado, por lo que, despejadas las dudas sobre la prescripción y despejados los juzgados competentes, estamos en un momento óptimo para iniciar acciones para recuperar los importes que las entidades, en claro abuso, hicieron pagar a los clientes,
Si quieres más información sobre cómo reclamar los gastos de hipoteca, contacta con nosotros enviándonos un e-mail a info@soluciona-lawyers o llámanos al 933908013.
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