La comisión permanente del Consejo del Poder Judicial ha prorrogado la competencia exclusiva y no excluyente del Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona, de ámbito provincial, para, entre otras, las reclamaciones relativas a los gastos de hipoteca.
Tras las últimas resoluciones dictadas por el TJUE y el TS confirmando que el cómputo de la prescripción para la reclamación de la devolución de los gastos no se inicia hasta que se declare la nulidad por sentencia y, por tanto, se confirma así que se pueden reclamar los gastos de todas las hipotecas anteriores al año 2019, esta nueva prórroga competencial, manteniendo al Juzgado 50 con carácter exclusivo para toda la provincia, confiere, a nuestro parecer, y por su especialización y experiencia en la materia, seguridad jurídica y calidad técnica en la resolución de las reclamaciones de consumidores para obtener la nulidad de la cláusula gastos y su devolución.
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